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Las novedades de la Declaración de la Renta 2019

La Declaración de la Renta en 2019 ha llegado con pocas novedades, pero, como siempre en estos casos, es importante conocerlas. En primer lugar, para saldar cuentas debidamente con el fisco y evitar errores que pueden conllevar sanción. En segundo lugar, para sacar el máximo provecho a algunas de esas novedades. Veamos cuáles son las más destacadas.

Obligación de declarar

Las personas físicas que en 2019 hayan tenido ingresos procedentes de un pagador por encima de 22.000 euros están obligados a presentar declaración. Ese aspecto no se modifica, pero sí cuando hay varios pagadores.

El umbral de ingresos se mantiene en esos 22.000 euros siempre y cuando los ingresos del segundo pagador y posteriores no superen los 1.500 euros. La novedad en la Declaración de la Renta 2019 es que, si la suma del segundo pagador y los restantes es superior a esos 1.500 euros, la obligación de presentar declaración se sitúa a partir de ingresos superiores a 14.000 euros (el año anterior no llegaba a los 13.000 euros).

Reducciones por rendimientos de trabajo

La Declaración de la Renta 2019 va a beneficiar a aquellos que percibieron menos ingresos. Si los rendimientos netos del trabajo son iguales o inferiores a 13.115 euros se aplica una reducción de 5.565 euros. Con ingresos netos de entre 13.115 y 16.825, el importe de la reducción será el resultado de esos 5.565 menos el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre los rendimientos del trabajo y 13.115 euros.

Rendimientos del capital inmobiliario

En esta Declaración de la Renta 2019 la novedad radica en la simplificación. En un único apartado se incluyen todos los inmuebles de los que es titular el contribuyente, ya sean en propiedad o en usufructo. En caso de haber tenido algún inmueble alquilado, el borrador desglosa amortizaciones y gastos deducibles para calcular el rendimiento neto de capital y el importe de la amortización deducible.

Rendimientos de actividades económicas en estimación directa

Respecto a esta cuestión, la novedad en la Declaración de la Renta en 2019 consiste en la modificación de la relación directa entre ingresos computables y gastos deducibles. En el primero de estos aspectos el objetivo es que los ingresos declarados sean más acordes a la naturaleza de los ingresos obtenidos.

En el caso de los gastos deducibles, en este ejercicio se distingue la compra de existencias de la variación de estas. También se diferencia el gasto por primas de seguro de las dotaciones para amortización del inmovilizado.

Loterías y apuestas

Es una de las modificaciones de la Declaración de la Renta en 2019 que solo beneficiará a unos pocos afortunados. La tributación de premios cambia. En este ejercicio, el dinero obtenido está exento hasta un máximo de 20.000 euros. Hasta ahora el límite estaba en los primeros 10.000 euros. De cara al año que viene el límite será de 40.000 euros.

Domicilio fiscal

Es una de esas pequeñas modificaciones introducidas en la Declaración de la Renta en 2019 que puede evitar despistes. Hasta ahora este dato se incluía en la primera página y aparecía en el momento de descargar los datos fiscales. Este año ese dato se incluye en un apartado separado del borrador, lo que permite ratificarlo o modificarlo con mayor sencillez.

Fecha de presentación

A pesar de las restricciones que ha supuesto la declaración del estado de alarma por la expansión del coronavirus, no se han cambiado las fechas de presentación de la Declaración de la Renta en 2019. El calendario se inició el 1 de abril y se cierra el 25 de junio si el resultado es a ingresar y hasta el 30 de junio si es a devolver o a ingresar sin domiciliación.

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