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Medidas fiscales y laborales a raíz del coronavirus (COVID-19)

El Consejo de Ministros del día 17-03-2020 ha aprobado un Real Decreto-ley que incluye un batería de medidas para paliar la crisis del coronavirus. Entre otras medidas, se fijan cuantiosos préstamos y avales públicos, los trabajadores asalariados podrán adaptar o reducir su jornada de trabajo, incluso hasta un 100%, se establece el teletrabajo como medida de flexibilidad principal, los ERTES causados por la crisis del Coronavirus serán considerados de fuerza mayor y los trabajadores tendrán derecho a la prestación contributiva por desempleo, aunque no cumplan el requisito de cotización previa exigido. En caso de ERTES, se exonerará al empresario de la aportación empresarial de las cuotas de la Seguridad Social, y para el colectivo de autónomos se flexibilizar el acceso al cese de actividad para que puedan cobrar con rapidez una prestación en caso de dificultad económica.

Personas mayores, las dependientes y a las familias vulnerables

El primer bloque de medidas está destinado a las personas mayores, las dependientes y a las familias vulnerables. En este apartado se destinan 600 millones de euros a la financiación de prestaciones básicas de los correspondientes servicios sociales de las comunidades autónomas y entes locales, con especial atención a la asistencia domiciliaria a personas mayores y dependientes.

  • Además, se amplía la protección a los suministros de energía y de agua, garantizando los servicios públicos esenciales. Como novedad, también se garantizan los servicios de telecomunicaciones. Todo ello para las familias vulnerables.
  • También se garantiza el derecho a la vivienda de las personas con más dificultades. Para ello se establece una moratoria en el pago de las cuotas de las hipotecas para los deudores hipotecarios en situación de especial vulnerabilidad que vean reducirse sus ingresos. La finalidad es que ninguna persona en una situación económica difícil pierda su vivienda.

Medidas laborales

  • Los trabajadores asalariados puedan adaptar o reducir su jornada de trabajo, incluso hasta un 100%, para hacer frente a las necesidades de conciliación y cuidado derivadas de esta crisis.
  • Se establece el teletrabajo como medida de flexibilidad principal, cuando las circunstancias lo permitan.
  • Se promoverán los ajustes temporales de plantilla a través de la flexibilización de los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo. Los ERTES causados por la crisis del Coronavirus serán considerados de fuerza mayor y los trabajadores tendrán derecho a la prestación contributiva por desempleo, aunque no cumplan el requisito de cotización previa exigido. El cobro de esa prestación no les computará a efectos del cobro posterior de la prestación por desempleo.
  • En caso de ERTES, se exonerará al empresario de la aportación empresarial de las cuotas de la Seguridad Social.
  • Para el colectivo de autónomos se flexibilizar el acceso al cese de actividad para que puedan cobrar con rapidez una prestación en caso de dificultad económica.

Liquidez de las empresas

  • Se ha aprobado la creación de una línea de avales y garantías públicas por un valor de hasta 100.000 millones de euros. Esto va a permitir movilizar entre 150.000 y 200.000 millones de euros. El Estado será el garante de las operaciones.
  • Además, se aprueban líneas de avales adicionales de 2.000 millones de euros para las empresas exportadoras con mecanismos ágiles, favoreciendo especialmente a las pequeñas y medianas empresas.
  • Por otro lado, las Administraciones Públicas van a ayudar a sus empresas contratistas para mitigar las consecuencias del COVID-19 en los contratos del sector público. Se va a establecer un régimen específico de suspensión de contratos públicos, con ampliación de plazos y compensación de salarios, con el fin de evitar la resolución de los contratos y la consecuente pérdida de empleo.
  • Para apoyar el sistema productivo y empresarial, el Gobierno también reforma la normativa sobre inversiones exteriores, para impedir que empresas de países de fuera de la Unión Europea puedan hacerse con el control de entidades españolas en sectores estratégicos, aprovechando la caída coyuntural del valor de sus acciones en esta situación de crisis económica.

Real Decreto publicado.

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